Sala Cuna

En el marco de la conciliación familia/trabajo y a fin de dar cumplimiento a la normativa legal del Art. 203 del Código del Trabajo, las madre y/o padres (según proceda) cuentan con derecho a acceder a una sala cuna. Este beneficio permite a trabajadores y trabajadoras contar con un lugar, en la empresa o establecimientos colaboradores, donde dejar a los niños y niñas menores de dos años mientras desempeñan sus actividades laborales; otorgándoles la seguridad de que sus hijos e hijas sean atendidos en forma integral (preventiva y educativa) durante su jornada de trabajo.

Sala Cuna

Solicitud

Acceden a este derecho las trabajadoras con contrato indefinido o a plazo fijo, cuyos hijos e hijas sean menores de dos años, o que tenga a su cuidado un niño o niña menor de dos años, por habérsele otorgado jurídicamente la tuición o el cuidado personal como medida de protección o en virtud de lo previsto en los artículos 19 o 24 de la Ley N° 19.620 (Ley de Adopción).

  • Para ingreso a la sala cuna completar ficha de inscripción:

Ficha de inscripción

*Se requerirá certificado de nacimiento del niño o niña que accede al beneficio.

  • Revise los establecimiento adheridos al Convenio:

Revisar convenios

La ley otorga a las trabajadoras con hijos o hijas menores de dos años el derecho a una hora diaria (como mínimo) para alimentarles, que se considera tiempo de trabajo.

Se puede optar por derecho una de las siguientes modalidades acordadas con el empleador:

  • Usar el derecho de alimentación en cualquier momento dentro de su jornada laboral.
  • Dividirlo en dos partes.
  • Postergar o adelantar en una hora el inicio o término de su jornada. También puede iniciar su jornada media hora más tarde y terminarla media hora antes.

Importante

  • Si tiene uno o más hijos o hijas menores de 2 años, cuenta con un permiso para alimentarles de una hora diaria para cada uno y una.
  • Si la hija o hijo es cuidado y alimentado en la casa, también tiene mínimo una hora para alimentarle.

Para solicitar el beneficio la trabajadora debe pactar con su jefatura modalidad horaria y completar el formulario de modificación de horas de alimentación y remitir a la Dirección de Personal.

Documentos solicitados

Formulario de modificación de horas de alimentación:

Descargar formulario

De acuerdo con lo establecido en el Art. N° 203 del Código del Trabajo, la Universidad paga los gastos de transporte para la ida y regreso a la sala cuna, y también los pasajes para ir a alimentar al hijo o hija.

Para solicitar este beneficio la trabajadora debe completar la declaración jurada de pago de pasajes y remitir a los siguientes correos:

  • Campus Concepción: jeabustos@udec.cl
  • Campus Chillán: ferherrera@udec.cl
  • Campus Los Ángeles: francisaavedra@udec.cl

Documentos solicitados

  • Declaración jurada pago de pasajes Sala Cuna:

Descargar declaración

  • Asistencia menor sala cuna.