Protocolo sobre Riesgos Psicosociales

El Protocolo de Vigilancia de Riesgos Psicosociales en el Trabajo, establecido por el Ministerio de Salud, tiene como finalidad evaluar los riesgos que afectan la salud mental de los trabajadores y trabajadoras y promover medidas preventivas y/o correctivas en el ambiente laboral. Esta regulación es de cumplimiento obligatorio para los empleadores, organismos administradores y administración delegada del seguro de la Ley N°16.744.

Los factores de riesgo psicosocial son situaciones y condiciones inherentes al trabajo y relacionadas al tipo de organización, al contenido del trabajo y la ejecución de la tarea, que tienen la capacidad de afectar, en forma positiva o negativa, el bienestar, salud y las condiciones de trabajo del trabajador o trabajadora. Estos riesgos están vinculados a las cambiantes dinámicas laborales y a la situación de alerta sanitaria que se presentó en 2019, lo cual ha afectado la experiencia de los trabajadores y su desempeño laboral.

No obstante, el impacto del trabajo no se limita a la calidad de vida de los individuos, también influye en la productividad de las instituciones. Por lo tanto, el contexto laboral ofrece una oportunidad importante para implementar acciones que fomenten la salud y el bienestar de los trabajadores, al mismo tiempo que contribuyen a los objetivos estratégicos de la organización. En este sentido, tanto empleadores como trabajadores y trabajadoras tienen la responsabilidad de crear entornos laborales seguros, saludables, colaborativos y sostenibles, promoviendo la educación, la participación en todos los niveles y el control de los riesgos ocupacionales asociados a la organización del trabajo y los procesos de producción.

Aplicación del Protocolo Psicosocial

  • La Universidad de Concepción cuenta con un Comité de Aplicación en cada uno de sus tres campus, conformado de forma paritaria entre representantes de los trabajadores y trabajadoras (sindicatos y comités paritarios) y representantes de la institución, quienes en conjunto abordan, toman decisiones y proponen mejoras en estas líneas de acción.
  • La forma de evaluar los riesgos psicosociales será mediante el nuevo Cuestionario de Evaluación de Ambientes Laborales en Salud Mental (CEAL-SM) de la Superintendencia de Seguridad Social, que reemplaza al instrumento SUSESO ISTAS 21, y que entró en vigencia el 1 de enero de 2023.

El CEAL-SM/SUSESO se Conforma en Dos Partes

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Indicación 1

La primera parte pregunta por datos demográficos, datos de empleo y datos de salud (escala de salud mental, accidentes y enfermedades laborales, presencia de dolor corporal, licencias médicas).

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Indicación 2

La segunda parte pregunta por los factores de riesgo psicosocial en 12 aspectos o dimensiones: carga de trabajo, exigencias emocionales, desarrollo profesional, reconocimiento y claridad de rol, conflicto de rol, calidad del liderazgo, compañerismo, entre otros. Completando en total 88 preguntas.


Metodología de aplicación:

  • La aplicación será online, anónima, confidencial y voluntaria. De todas formas, el protocolo requiere evidenciar la concurrencia de los trabajadores y trabajadoras que participan para verificar el cumplimiento mínimo de un 70% de tasa de respuestas.

Tabulación de datos:

  • Una vez que los trabajadores y trabajadoras respondan los cuestionarios de forma online, los resultados serán analizados estadísticamente por la SUSESO.

Medidas Correctivas:

  • Es responsabilidad de la Organización aplicar las medidas correctivas frente a los resultados de la evaluación de los riesgos psicosociales.
Contacto y más información: