Inscripción de seguro de cesantía

Corresponde al beneficio indicado en la Ley Nº 19.728, que otorga a los trabajadores la opción de acogerse al Seguro de Cesantía aportando un 0,6% de su Renta Imponible (Tope) y cuyo complemento de un 2,4% será aportado por el empleador para los trabajadores con contrato indefinido y en caso del personal contratado a plazo fijo el aporte total del 3% será de cargo del empleador.

Lo anterior, se paga por un periodo máximo de 11 años por cada relación laboral.

  1. Trabajador.
  2. Facultad – Organismo.
  3. Dirección de Personal.

Trabajador

  1. Obtiene de InfoTrabajador o solicita en DIRPER  certificado de contrato vigente.
  2. Concurre a AFC (Administradora Fondo Cesantía) y solicita formulario de afiliación.
  3. Completa, firma y entrega formulario en AFC, adjuntando certificado de Contrato Vigente y fotocopia de Cédula de identidad por ambos lados.

Facultad, Organismo u Entidad interesada

  1. Financia el aporte del empleador al Seguro, con la Unidad de Registro (UR) que soporta el contrato, en caso que éste sea financiado con Recursos Propios.

Dirección de Personal

  1. Emite certificado de contrato vigente, a solicitud del trabajador.
  2. Recepciona copia de Formulario Afiliación desde AFC, del trabajador acogido al seguro.
  3. Incorpora afiliación emitida por AFC,  cargando este aporte patronal a la Unidad de Registro (UR) que financia el contrato.
  4. Actualiza SISPER, incorporando nuevo aporte y sus respectivos financiamientos.
  5.  Retiene el descuento correspondiente al aporte del trabajador.
  6. Incorpora aportes en planillas de pago de Cotizaciones Previsionales.
  7. Comunica a Tesorería montos a pagar.