Este beneficio tiene como objetivo apoyar a los trabajadores/as de la U. de C., que cuenten con el interés y las competencias para obtener un título profesional en la Universidad de Concepción o Instituto Profesional Dr. Virginio Gómez. Para su selección se considerará en especial las necesidades de la Universidad de reconversión de personal, así como también la situación socio-económica del trabajador. (Decreto U. de C. N° 98/76).
- Universidad de Concepción, igual al valor de la carrera de menor arancel.
- Virginio Gómez, será igual al 50% del arancel de la carrera que se trate.
- Contrato indefinido.
- Antigüedad universitaria de 5 años.
- Completar Formulario de postulación y entregar en entrevista con Asistente Social.
Rebaja del arancel universitario, equivalente al valor de la carrera de menor arancel, en forma proporcional a la jornada de trabajo, al que tienen derecho los hijos/as y cónyuges de los trabajadores/as que estudien en la Universidad de Concepción.
- Solicitar este beneficio al momento de realizar la matrícula del beneficiario.
- Tener la calidad de trabajador/a universitario.
- Acreditar la condición de hijo/a o cónyuge de cada beneficiario.
- Completar Formulario de postulación, que se entrega en la Dirección de Ayuda Financiera al Estudiante (DAFE) a los alumnos/as de primer año. Los alumnos/as de cursos superiores, reciben el formulario en el domicilio indicado por el alumno.
- Presentar certificado de nacimiento o matrimonio que acredite condición de hijo/a o cónyuge.
- El Trabajador/a deberá solicitar entrevista con la Asistente Social de la Unidad de Desarrollo Social, para entregar antecedentes socioeconómicos durante el mes de octubre de cada año.
- Unidad de Desarrollo Social evaluará y seleccionará de acuerdo a Instrumentos Técnicos.
- La beca deberá ser utilizada en el CEDIN, el trabajador/a podrá, en casos justificados, optar entre aquellos jardines con los cuales existe convenio.
- Completar formulario de Postulación y entregar en entrevista con Asistente Social.
- Adjuntar documentación que se solicita para evaluar antecedentes socioeconómicos.
No se recibirá Ficha de postulación hasta presentar toda la documentación solicitada.
Las trabajadoras y trabajadores universitarios tendrán la posibilidad de hacer uso de permiso con o sin goce de remuneraciones, por la totalidad o una parcialidad del período del permiso, con el objeto de realizar actividades de perfeccionamiento, siempre que se cumplan las condiciones y exigencias establecidas en el Reglamento del Personal y sus normas complementarias y/o en las normas legales pertinentes.
Título V de las normas de régimen funcionario, Párrafo primero, Sección tercera: De los Permisos para perfeccionamiento.
Artículo 29: Los permisos para perfeccionamiento se otorgaran y regirán por las disposiciones siguientes:
A. Se otorgarán por los Decanos o Jefes de Organismos, previo informe fundado del Director de Departamento o Jefe inmediato, cuando no excedan de 30 días hábiles. Si exceden dicho plazo éstos se otorgaran por el Vicerrector que corresponda, previo informe fundado de las autoridades antes citadas de cada Facultad u Organismo.
En el caso del personal académico, previo a su otorgamiento, deberá asegurarse la normal continuidad de la docencia comprometida.
B. Por Becas, conforme a lo que se regula más adelante.
Consiste en la rebaja del 50% del Arancel fijado por el Instituto a los hijos/as y cónyuges de trabajadores/as Universitarios matriculados/as en el Instituto Virginio Gómez.
- Solicitar Certificado que acredite condición de trabajador/a universitario, con contrato indefinido, en la Dirección de Personal, anexo 7315.
- Al momento de matricular al beneficiario, acreditar calidad de trabajador y de hijo, presentando los certificados correspondientes y automáticamente realizarán la rebaja del arancel.
- Certificado de trabajador Universitario.
- Certificado de nacimiento.